En el día de hoy se ha publicado en el B.O. la Resolución General ARCA N° 5868/2026 (https://lnkd.in/dsKEpGyf), mediante la cual se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la excepción del pago de las percepciones de IVA y del anticipo del Impuesto a las Ganancias aplicables a determinadas operaciones de importación, según las posiciones arancelarias alcanzadas.
Recordamos que la Resolución General N° 2.281 – y sus modificatorias- estableció el régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias para las importaciones definitivas de bienes, mientras que la Resolución General N° 2.937 dispuso un mecanismo análogo para el Impuesto al Valor Agregado.
Posteriormente, mediante la Resolución General N° 5.490, se dispuso —con carácter transitorio— la exclusión de dichos regímenes para ciertas importaciones de bienes de primera necesidad, inicialmente por un plazo de ciento veinte (120) días. A su vez, la Resolución General N° 5.501 amplió el alcance de la medida, incorporando una excepción adicional para la importación de insumos productivos destinados a micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) con certificado vigente.
La vigencia de estos beneficios fue prorrogada en sucesivas oportunidades, operando el último vencimiento el 30 de junio de 2026. En este contexto, y ante la inminencia del vencimiento del plazo de este último período, ARCA dispone una nueva extensión hasta el 31 de diciembre de 2026.
La medida constituye una señal positiva para los importadores, en tanto reduce el costo financiero de las operaciones, en línea con la política económica impulsada por la Administración Nacional.
PERCEPCIONES DE IVA Y GANANCIAS | PRORROGA DE SU EXCLUSION EN IMPORTACIONES
29 junio 2026 | Ana Veronica Pampin María Alejandra Fiandesio