Mediante el Decreto Nº 1005/2024 (el “Decreto”), el Poder Ejecutivo Nacional ha fijado normas tendientes a modernizar, fortalecer la seguridad y optimizar la eficiencia en un sector en plena transformación digital, alineándose con tendencias globales y las necesidades de los usuarios actuales, lo que marca un antes y un después en la regulación de los servicios postales en Argentina.
El Decreto redefine la actividad postal, abarcando no sólo correspondencia tradicional, sino también paquetes de hasta 50 kg a nivel nacional e internacional. Este cambio responde al auge del comercio electrónico y los envíos por couriers y empresas de mensajería, estableciendo un marco regulatorio único que garantiza mayores estándares de calidad y seguridad.
Entre los diferentes aspectos tratados por la norma, destacamos:
- El Servicio Postal Universal continúa bajo la responsabilidad del Correo Oficial de la República Argentina S.A., con ciertas mejoras para los usuarios. Este servicio incluye el envío de cartas simples de hasta 100 gramos y telegramas de hasta 20 palabras, ofreciendo mayor claridad y accesibilidad.
- El decreto simplifica la inscripción para operadores postales, permitiendo registros electrónicos gratuitos y automatizados, con autorizaciones en un plazo máximo de cinco días. Este enfoque facilita la entrada de nuevos actores, fomenta la competencia y reduce barreras de acceso.
- Se establece la obligación de indemnizar por pérdidas, extravíos o daños en los envíos postales, garantizando una protección efectiva para los usuarios y reforzando los estándares de servicio.
- La normativa refuerza la privacidad de los usuarios, exigiendo el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos y prohibiendo el envío de sustancias peligrosas o artículos que pongan en riesgo la seguridad. Este marco fortalece la confianza en los servicios postales y protege tanto a los usuarios como al personal del sector.
- Digitalización de telegramas y documentos certificados. Los servicios de firma digital remota, que ya son comunes en sectores legales y administrativos, ahora se aplican a la actividad postal. Esto agiliza trámites, elimina la necesidad de procesos físicos y refuerza la seguridad jurídica de los documentos, gracias al valor legal de la firma digital.
La supervisión del sector postal estará a cargo del ENACOM, que garantizará el cumplimiento de las normas y supervisará la evolución del mercado. Aunque el Estado sigue a cargo de ciertos servicios exclusivos, como el electoral, deja clara la responsabilidad de los operadores privados en el cumplimiento de sus obligaciones, promoviendo un mercado más competitivo y eficiente.
Este decreto es un hito en la modernización del sector postal argentino, con impactos positivos tanto para usuarios como para operadores. La combinación de un marco regulatorio claro, digitalización y estándares elevados promete transformar los servicios postales en una herramienta más ágil, confiable y adaptada a las necesidades del presente y del futuro.
Luego de las modificaciones introducidas por el Dto. Nro. 1005/24, tanto el Poder Ejecutivo como la ARCA emitieron normas conexas a los efectos de continuar con el camino de modernización y facilitación de envíos postales internacionales.
MODIFICACIONES ENVÍOS COURIER
El pasado 2 de diciembre, fueron publicados en el B.O. el Decreto PEN Nro. 1065/24 y la Resolución General ARCA Nro. 5608/24, normas mediante las cuales se continuó trazando el camino de modernización de procesos de envíos; en este caso, internacionales.
En este sentido, se establecieron procedimientos que facilitan regímenes tales como (i) Simplificado de Envíos Courier, (ii) de pequeños envíos, (iii) de envío de muestras, (iv) de envío de obras de arte, entre otros.
Los puntos a destacar de las modificaciones introducidas son:
- Régimen Simplificado de Envíos Couriers: se eleva de U$S 1.000 a U$S 3.000 el valor FOB de la mercadería de cada envío, no pudiendo superar el mismo los 50Kg. La modificación resulta aplicable tanto a importaciones como a exportaciones de mercadería.
- Régimen de Pequeños Envíos: podrán ingresarse por este régimen encomiendas conformadas por hasta 3 (tres) unidades de la misma especie y que no configuren una finalidad comercial, siempre que el paquete no exceda los 50 kg. y U$S 3.000 de valor FOB. Estos envíos se encuentran exceptuados de intervenciones previas de terceros organismos.
- Franquicia: se establece para las importaciones a consumo efectuadas a través del Régimen de Importación de Prestadores PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de 5 (cinco) envíos por año, una franquicia de U$S 400 por envío. Es decir, no se encuentran gravadas por derechos de importación y tasa de estadística las importaciones efectuadas a través de este régimen por hasta el importe mencionado.
Las pautas de procedimiento de cada uno de los Regímenes detallados en las normas comentadas, se encuentran disponibles en el micrositio “Envíos Internacionales” de la web de ARCA.