El 13 de abril de 2020 fue dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia 367/2020, que entró en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial el 14 de abril de 2020. La norma establece que la enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional – no listada, en los términos del apartado 2, inciso b) del artículo 6º de la ley 24.557 – respecto de las personas que hayan sido dispensadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio en razón de la prestación de tareas en actividades declaradas esenciales. Asimismo, refuerza la protección en el caso de los trabajadores de la salud.
COVID-19 como enfermedad profesional en el caso de trabajadores esenciales. Tratamiento especial para los trabajadores de la salud
21 julio 2020 | Fernando A. Font
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