Mediante la Resolución AFIP Nro. 16/2022 (B.O. 16/08/2022) se creó el Corredor Aduanero “Vaca Muerta”, para el Régimen de Importación Temporaria de bienes que ingresen al país para ser utilizados en la construcción del “Gasoducto Presidente Néstor Kirchner”.
La norma se dicta considerando que la mayor parte de las máquinas, insumos, estructuras industriales y elementos a utilizar en la cadena productiva del gasoducto provienen del exterior, lo que lleva a implementar procesos ágiles y eficientes que posibiliten una dinámica liberación a plaza de la mercadería a importar.
Asimismo, establece las pautas de procedimiento que deberán llevar adelante los importadores de los bienes involucrados, entre las cuales se destacan:
- Las solicitudes de importación temporaria (como así también las hipotéticas prórrogas) deberán ser presentadas a través de la plataforma SITA (Sistema Informático de Trámites Aduaneros).
- En la presentación se deberá acompañar: (i) constancia de adjudicación de obra en el marco de la Licitación Pública que correspondiere, (ii) el contrato de locación de los bienes a importar temporariamente y (iii) la factura comercial proforma de los mismos, con indicación de cantidades y valor.
- Al momento de registrar la destinación de importación temporaria, el importador deberá validar el régimen “Vaca Muerta”, debiendo declarar el mismo texto en el sobre contenedor en forma visible para su identificación por parte del servicio aduanero.
Una vez emitida la autorización para la importación bajo el presente régimen, la Aduana interviniente dará inmediata intervención a las áreas operativas a fin de efectivizar los trámites de libramiento a plaza de la mercadería sin dilación.
La Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior deberán instruir las pautas operativas para cumplimentar la intervención inmediata del servicio aduanero.
En caso de requerir asistencia legal en la materia, consulte a su contacto habitual en Abeledo Gottheil o estudio@abeledogottheil.com.ar.