La Disposición de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores 13/2020, del 14/7/20 (B.O. 15/7/20), estableció nuevos precios máximos para a) productos lácteos y frescos, b) harinas, fideos, galletitas y panificados, c), productos de limpieza del hogar, cocina y bazar, d) productos para el cuidado personal, e) bebidas, f) aceites, g) infusiones, h) arroz y legumbres, i) conservas, dulces y endulzantes, j) sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks, k) alimentos congelados, y l) alimentos para mascotas.Los nuevos precios máximos, que sustituyen a los fijados a los niveles vigentes al 6/3/20 por la Resolución SCI 100/2020, rigen desde el 15/7/20 y hasta – en principio – el 30 de agosto de 2020.