Para hacer efectiva la transferencia de los BOPREAL, los tenedores deberán gestionar la operación a través de un participante de Caja de Valores S.A.
Los BOPREAL serán transferidos a la cuenta comitente de ARCA en el Banco de la Nación Argentina y dichas transferencias tendrán carácter irrevocable, asegurando la transparencia y seguridad en la cancelación de las obligaciones impositivas.
La Caja de Valores S.A. será la responsable de informar a la administración fiscal sobre los bonos transferidos el día hábil posterior a su transferencia, consignando el CUIT del beneficiario y el monto del certificado en moneda nacional.
Dicho monto será calculado en la forma que lo dispone el artículo 2 de la Resolución General 5469/2023, que dispuso el tipo de cambio aplicable para determinar el poder cancelatorio de los títulos emitidos por el Banco Central de la República Argentina, utilizando la información relativa al mercado bursátil. De esta manera, se garantiza la actualización del bono en el tiempo, hasta el momento de su depósito y se fomenta el fluido intercambio de los BOPREAL en el mercado secundario hasta el momento de su utilización.
Los bonos podrán imputarse a partir del día hábil siguiente al de realizada la transferencia de los BOPREAL, extendiéndose hasta el 31 de diciembre de 2030 para los bonos transferidos en 2025, 31 de diciembre de 2031, para los bonos transferidos en 2026 y 31 de diciembre de 2032, para los bonos transferidos en 2027. En caso de verificarse imputaciones en exceso del monto de las obligaciones tributarias adeudadas, los importes podrán ser utilizados para futuras obligaciones, siempre que no superen el plazo de su utilización.
La implementación de esta resolución torna de efectiva aplicación lo establecido en la Resolución General 5469/2023, mediante la cual se había otorgado a las Series 1A, 1B y 1C de los referidos bonos, poder cancelatorio de obligaciones tributarias, permitiendo a los contribuyentes cancelar sus obligaciones con descuento, producto de la diferencia generada entre el valor de adquisición del bono y el valor al momento de su depósito.